Hasta 60 cuotas: ARCA lanza un plan de facilidades de pago
Los contribuyentes podrán adherirse hasta el próximo 1° de julio, para regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas al 30 de abril
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En la búsqueda de que los contribuyentes cancelen sus obligaciones impositivas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan especial de facilidades de pago. El mismo estará destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de este año.
La iniciativa está pensada para que se adhieran las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes. Podrán adherirse hasta el próximo 1° de julio, según se reglamentó en la Resolución General 5711/25, publicada en el Boletín Oficial.
Se podrán regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero —Ley N.º 22.415 y sus modificaciones—.
“Es importante señalar que la regularización no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones”, advirtieron desde la agencia de recaudación.

¿Cuáles son las condiciones?
No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar, mientras que la fecha de consolidación será la fecha de adhesión. En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar será dependiendo del contribuyente.
Por ejemplo, las personas humanas y sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud, podrán hacer un pago a cuenta del 10% y pagar el resto en 60 cuotas. En cambio, las medianas empresas tendrán que hacer un pago a cuenta del 15% y podrán abonar lo restante en 48 cuotas. Mientras que para el resto de los contribuyentes, el pago a cuenta es del 20% y las cuotas alcanzan los 36 meses. En todos los casos, la tasa de financiación es del 50% de la tasa de interés resarcitorio.
<b>Tipo de contribuyentes</b> | <b>% de pago a cuenta</b> | <b>Cuotas</b> | <b>Tasa de financiación</b> |
---|---|---|---|
Personas humanas y sucesiones indivisas, Micro, Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro y sector salud | 10% | 60 | 50% de la tasa de interés resarcitorio, vigente al momento de la implementación del régimen. |
Medianas Empresas-Tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas | 15% | 48 | |
Resto de los contribuyentes | 20% | 36 |
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas.
“Esta iniciativa refuerza el compromiso de ARCA para facilitar el cumplimiento tributario y promover la regularización voluntaria, contribuyendo al fortalecimiento de las finanzas públicas y al desarrollo económico sostenible”, dijeron oficialmente.
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